Agréguese al artículo 60 de la Ordenanza N° 8340, el siguiente texto: En
garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones que contrae la Municipalidad cede en prenda sus derechos emergentes de la recaudación de tasas y tributos municipales y afecta los recursos ordinarios que establece el artículo 49° de la Ley Orgánica Municipal.