Autorízase al Departamento Ejecutivo a prorrogar por el termino de 1 (un) año, contado a partir de la promulgación de la presente, la concesión otorgada por Ordenanza N°6792 y Promulgada por Decreto N°2016/89, a la Empresa Micro
Ómnibus Avenida S.A., para la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, de orden comunal, designado como Linea N° 520; ramales "A", "B" y "C" hasta producirse el llamado a Licitación Pública.