Obra "NUEVO EDIFICIO EN JARDIN DE INFANTES N° 924, LANÚS OESTE-ETAPA 2", sito en la calle 1° de Mayo N° 4171 de la localidad de Villa Caraza modifíquese el Artículo 3° del Decreto N° 3.244/22, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°: El gasto que demande la concreción de esta obra se atenderá con cargo a la Jurisdicción 1.1.1.01.12.000 - Unidad Ejecutora 501 - Categoría Programática 39.51.56. (Nuevo Edificlo en Jardin de Infantes N° 924 Lanús O. Etapa II) - Partida 4.2.1. (Construcciones en Bienes de Dominio Privado) - Objeto del Gasto 5.4.6. (Transferencias a los Gobiernos Provinciales) - Fuente de Financiamiento 1.3.2. de Origen Provincial."