Modifícase el plazo otorgado por el Articulo 5° de la Ordenanza N° 7889, para presentar los planos de las obras que se hubiesen acogido a los beneficios de la misma, fijándose dicho plazo en ciento ochenta (180) días hábiles, contados a partir del vencimiento dispuesto por el Artículo 12 de la Ordenanza mencionada para la presentación de la declaración respectiva.