A partir de la promulgación de la presente Ordenanza queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas, en todo el Partido de Lanús, dentro del horario de 22,00 a 7,00 horas. La prohibición rige, para todo tipo de establecimiento con expendio de bebidas alcohólicas, que por la característica de su actividad, no puedan ser consumidas, las mismas, dentro del ámbito del local comercial, quedando enmarcados dentro de la prohibición los comercios coñ el rubro de: almacenes, roticerías, supermercados, polirubros, estaciones de servicio de expendio de combustible.