Se prohibe en toda la Jurisdicción del Partido de Lanús la instalación, radicación y/o habilitación de cualquier Planta de Disposición Final y/o relleno de seguridad de afluentes liquidos, de residuos semisólídos o sólidos de origen industrial que presenten características de toxicidad o peligrosidad y/o residuos derivados de la actividad nuclear.