Autorízase al Departamento Ejecutivo a eximir y condonar a la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domicilio legal en la calle Habana N° 668 del Partido de Lanús, de la deuda total que mantiene por la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del inmueble identificado por el Padrón N° 244040/000 Circ. 1 - Secc. B - Manzana 056 - Lote 18 y por los años anteriores, los períodos reclamados por liquidación de deuda N° 4205/88 correspondiente al Padrón 244040/000; hasta tanto la mencionada Asociación continúe desarrollando sus actividades especificas sociales y gremiales y no se produzca la modifiSaclón de la titularidad del bién a través de una enajenación.