Digesto Municipal / Datos de la norma

Resolución

Estado: Vigente
Fecha de sanción: 12/02/2016
Fecha de publicación: 12/02/2016

Descripción general

Visto el requerimiento formulado por el Sr. RUGGIERO LUIS JOSE por medio del expediente R-899220-15, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de RESTAURANTE CON UNA SUPERFICIE MAYOR A LOS 80 m2 ubicado en la AVDA. H. YRIGOYEN 6111 planta alta y teniendo en cuenta el informe producido por el inspector actuante con fecha 9/12/15 obrante a fojas 13, se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los artículos 6° y 9° de la ordenanza 10520/08, en cuanto al rubro RESTAURANTE referido deberá abstenerse a provocar RUIDOS MOLESTOS que sobrepasen los decibeles permitidos, a fin de cuidar la emisión sonora del ambiente, respetando la emanación y trascendencia de modo alguno hacia el exterior con el fin de preservar la contaminación ambiental, como as¡ también deberán respetar las salidas de emergencia en cuanto a las medidas establecidas en el código de edificación. El departamento Ejecutivo podrá disponer la caducidad del permiso de habilitación en caso de reiteración de infracciones según lo establecido en el artículo 8° inc g de la Ordenanza mencionada con anterioridad, por ello HA LUGAR a lo peticionado. Dejando establecido que el comercio de PESCADERIA deberá HABILITARSE por cuerda separada por el trámite de práctica.

Resolución