Modificar el Art. 1° del Decreto N° 4.673 de fecha 17 de diciembre del año 2019, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Exímase del pago de todas las Tasas, contribuciones, contribuciones especiales y derechos Municipales que alcancen a la actividad comercial, para todas aquellas empresas industriales que habiliten nuevas actividades o amplíen su habilitación municipal a nuevas actividades no habilitadas aún, en el perímetro denominado “Régimen de Promoción de Actividades Industriales”.