Visto el requerimiento formulado por el SR. RAMON HUGO MARTIN por medio del expediente R-87440812, respecto a la FACTIBILIDAD de habilitar un comercio
de PIZZERIA SIN ELABORACION, CAFÉ-BAR Y PEQUEÑA PARRILLA CON UNA SUPERFICIE MENOR A LOS 802 SIN ACTIVIDAD NOCTURNA, ubicado en la calle PICHINCHA 1301/09 y teniendo en cuenta el informe producido por el inspector actuante con fecha 07/12/12 obrante a fojas 7, se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los arts. 3° y 70 inc. "a" y 9° de la ordenanza 10520/08, por ello HA LUGAR a lo peticionado.-