Derógase los alcances y disposiciones establecidas en los Artículos 2° de la Ordenanza 8104 y 10° de la Ordenanza 8741 y procédase al desguace de la estructura transmisora denominada "La Antena", sita en el Centro Polideportivo y Multifuncional "Juán Piñeiro", sito en la intersección de las calles José León Suarez y 3 de Febrero, de este Partido, dejando en pie solo una parte de la misma, que deberá alcanzar una altura máxima de cinco (5) metros libres, a los fines de cumplimentar lo estipulado en el Articulo 11° de la Ordenanza 8104.
Derógase los alcances y disposiciones establecidas en los Artículos 2° de la Ordenanza 8104 y 10° de la Ordenanza 8741 y procédase al desguace de la estructura transmisora denominada "La Antena", sita en el Centro Polideportivo y Multifuncional "Juán Pifieiro", sito en la intersección de las calles José León Suarez y 3 de Febrero, de este Partido, dejando en pie solo una parte de la misma, que deberá alcanzar una altura máxima de cinco (5) metros libres, a los fines de cumplimentar lo estipulado en el Articulo 11 de la Ordenanza 8104.
Defínese como Estructura para Soporte de Antena a todo elemento especifico que . desde el nivel del terreno o sobre una edificación existente son instalados para sostener una antena de Servicio Telefónico a una altura determinada conforme a cálculos de radio propagación.