Créase el Juzgado Municipal de Faltas Nº 5, en virtud de las facultades establecidas en el Articulo 2º de la Ordenanza N° 5631 y lo dispuesto por la Ley N° 8751/77 (T.O: Decreto N°8526/86); junto con un cargo categoría 442, Juez de Faltas.
Créase el Juzgado Municipal de Faltas N° 4; en virtud de las facultades establecidas en el Artículo 2º de la Ordenanza N° 5631 y lo dispuesto por la Ley N° 8751 y sus modificatorias.